La exportación de bienes y servicios es todo acto por
el cual un bien producto o servicio es comercializado
en el extranjero sin retorno a territorio boliviano.
La exportaciones en Bolivia se encuentran regidas por el Régimen
Nacional de Exportaciones, considerando exportación todos
los bienes y servicios que han salido del país, constatada
con emisión de la póliza de exportación
y aviso de conformidad en puerto de embarque, destino o tránsito,
emitido por el Poder Ejecutivo, la empresa de verificación
o el Servicio Nacional de Aduanas. La clasificación de
las exportaciones mediante la nomenclatura arancelaria de NABANDINA,
es la considerada bajo la aplicación del régimen
del país.
Las exportaciones se encuentran libres de restricciones, permisos,
licencias y otras limitaciones, salvo las que se encuentran
sujetas a regímenes especiales de prohibición.
En éstos regímenes se consideran productos como
animales vivos, cuadros pictóricos, esculturas y otras
similares.
Con relación al tratamiento tributario y arancelario
de las exportaciones y con el fin de evitar la exportación
de componentes impositivos, el Estado Boliviano ofrece la devolución
del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Transacciones
(IT) incorporados en el costo de las mercaderías exportadas,
bajo formas y condiciones establecidas mediante decreto.
En el marco de convenios internacionales y/o multinacionales,
el Estado devuelve a los exportadores los montos pagados por
ellos por concepto de gravámenes aduaneros derivados
de la importación de mercaderías y servicios,
incorporados en el costo de la mercadería exportada.
La Ley 1489 define al Régimen de Internación
Temporal para las Exportaciones (RITEX), y establece que los
bienes importados bajo el mismo, no serán sujetos a imposiciones
tributarias o arancelarias de ningún tipo.