Art. 27.- Ley Orgánica de la Policía Nacional:
La Dirección Nacional de Identificación Personal, está encargada de otorgar la Cédula de Identidad Personal, ejercer control sobre la migración, prestar asistencia técnica en su especialidad a todas las Unidades de la Policía Nacional, mantener el registro de antecedentes penales, policiales y registro domiciliario.
REQUISITOS INDISPENSABLES PARA LA OBTENCIÓN DE CÉDULA DE IDENTIDAD NUEVA EN EL EXTERIOR
1. NACIDOS EN BOLIVIA:
- Carta dirigida al agregado policial, solicitando la otorgación de cédula de identidad (hacer conocer porque no cuenta con este documento si se encuentra fuera de Bolivia).
- Fotocopias de las cédulas de identidad (anverso y reverso) y pasaportes de los padres (pagina de los datos personales).
- Certificado de matrimonio original de los padres, en caso de padres solteros certificados de nacimiento originales. (matrimonios en el exterior, previamente se debe legalizar)
- Fotocopia de la libreta de familia de los padres.
- Documento de salida del menor de Bolivia permiso de: (DIRME, ONAMFA o instituciones similares).
- Dos certificados de nacimiento originales, legalizados por la corte electoral
- Certificación de la dirección de identificación personal en Bolivia (a nivel nacional) de no haber obtenido cédula de identidad.
- Documento de registro domiciliario otorgado por autoridades locales (EE.UU.)
- Dos fotografías a colores tamaño pasaporte del solicitante para registro.
- Verificación de la tarjeta prontuario por la agregaduría policial
*A las personas mayores de edad se exigirá otros documentos de acuerdo a las circunstancias.
2. HIJOS DE BOLIVIANOS NACIDOS EN EE. UU. (ART. 36 - C.P.E.)
- Carta dirigida al agregado policial, solicitando la otorgación de cédula de identidad.
- Fotocopias de las cédulas de identidad (anverso y reverso) y pasaportes de los padres (pagina de los datos personales).
- Certificado de matrimonio original de los padres, en caso de padres solteros certificados de nacimiento originales. (matrimonios en el exterior, previamente se debe legalizar)
- Fotocopia de la libreta de familia de los padres.
- Dos certificados de nacimiento consular original
- Documento de registro domiciliario otorgado por autoridades locales (EE.UU.)
- Dos fotografías a colores tamaño pasaporte del solicitante para registro.
- Verificación de la tarjeta prontuario por la agregaduría policial
*Los hijos de bolivianos nacidos en los EE.UU. Previo al trámite de la cédula de identidad deben realizar su inscripción en el Consulado General de Bolivia en EE.UU. (art. 36 C.P.E.)
NOTA:
Los documentos deben ser presentados en un folder de acuerdo al orden del listado.
Todo trámite es personal, los documentos solo tienen valor legal en originales o fotocopias legalizadas por autoridad competente.
Toda persona que tramite de Cédula de Identidad nueva ó renovación por primera vez en los EEUU, deberán aguardar a que lleguen los datos de conformidad de Bolivia.
3. RENOVACION DE LA CEDULA DE IDENTIDAD
Cédula de Identidad vigente o caducada
Certificado de nacimiento original
Documento de identificación de los Estados Unidos
Pasaporte
Comprobante de domicilio en Estados Unidos - Declaración de Domicilio
Verificación de Tarjeta Prontuario en Bolivia (Por parte de la Agregaduria Policial)